Deseando rendir tributo a las relaciones históricas entre los dos países, deseando fortalecer los vínculos que unen a las dos naciones y con el fin de facilitar los trámites a sus nacionales para llegar a ser, respectivamente, franceses o españoles, se ha firmado un acuerdo internacional entre Francia y España mediante el cual los españoles podrán adquirir la nacionalidad francesa y los franceses podrán adquirir la nacionalidad española, conservando su anterior nacionalidad, española o francesa respectivamente, siempre que cumplan los requisitos que determine la legislación del Estado cuya nacionalidad adquieran. La adquisición de la nacionalidad se inscribirá en el registro que cada legislación establezca.
Las personas que se acojan al presente Convenio podrán obtener y renovar sus pasaportes o documentos de identificación según lo dispuesto en la normativa española o francesa, según corresponda.
Los españoles y los franceses que, con anterioridad a la vigencia del presente Convenio, hubieran adquirido la nacionalidad francesa o española, respectivamente, perdiendo así de forma automática su nacionalidad anterior, podrán acogerse a lo establecido en el presente Convenio por lo que podrán recuperar la nacionalidad perdida.
El Convenio ha entrado en vigor el día 1 de abril 2022 y permanecerá en en vigor por un período de tiempo indefinido.
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