Internet y las redes sociales se han convertido en una parte inseparable de nuestras vidas. Vivimos literalmente atados a nuestros teléfonos, Tablet, ordenadores o cualquier otro dispositivo que nos permita estar siempre conectados con el resto del mundo, aunque en muchas ocasiones nos desconecte de la realidad próxima que nos rodea.
Como cualquier otro instrumento o herramienta mediante la cual tener relaciones personales o desarrollar una labor profesional, las nuevas tecnologías nos han dado muchas opciones y muy buenas. Durante el confinamiento, internet nos ha permitido estar en contacto con nuestros seres queridos, mantenernos informados puntualmente o desarrollar, en muchos casos, nuestro trabajo en remoto, pero como casi todo, estas nuevas tecnologías tienen una vertiente oscura o toxica. La creencia generalizada en las cosas que se publican sin ni siquiera hacer un pequeño examen de veracidad o contrastación, la difusión de los bulos, la falta de actividad critica ante las afirmaciones gratuitas que escribe, publica, comparte o difunde cualquier desconocido y que muchas personas reciben encantados como información veraz sin realizar ningún tipo de filtro, criterio y conocimiento del tema.
Ya en la universidad y luego, con mucha mayor profundidad, durante los más de 30 años de ejercicio de mi vida profesional como abogado en los Juzgados y fuera de ellos, aprendí a no juzgar sin conocer los hechos y las versiones, y sobre todo a no dejarme llevar nunca por opiniones o prejuicios. Entiendo que ese tipo de comportamiento de difundir noticias y opiniones no contrastadas, son más propia de actitudes despóticas e inquisitoriales que no deben tener cabida en sociedades igualitarias, modernas y saludables en las que pretendemos vivir.
Tanto por mi perfil como cónsul de Dinamarca en Andalucía y Extremadura, como por mi profesión de abogado estoy expuesta a las opiniones de mucha gente. Es obvio, que no todos podemos gustar a todo el mundo todo el tiempo, pero siempre he defendido la necesidad de aplicar en todos los ámbitos de mi vida personal y profesional la base principal de la honestidad y la profesionalidad. Así que los lectores me van a permitir que en esta ocasión sea yo misma el ejemplo que ilustre el tema que vamos a tratar en este artículo. Hace escasas semanas, un cliente de mi despacho descontento porque no se le atendía en la forma en que él pretendía (no solo fuera de horario de trabajo, sino a horas intempestivas de la noche) y porque al haber abonado unos servicios profesionales pretendía tener el control del tiempo y de la organización de mi despacho y de su personal, procedió a publicar en más de 40 grupos de Facebook que mi despacho le había engañado, dejando intuir que nos habíamos quedado con su dinero. Nada más lejos de la realidad. De hecho, la ignorancia y la arrogancia de este cliente quien enfadado porque yo no contestaba a sus mensajes de Messenger (que no es una via aceptada para dirigirse a un cliente conforme a las normas de la Abogacía) a partir de las 21h en adelante (que obviamente estamos fuera de las horas de apertura del del despacho) decidió emprender una campaña de desprestigio en mi contra durante toda esa noche a través de las redes, especialmente en Facebook en todo grupo cuanto pudo, pero no solo como abogado, si no también en mi calidad de Cónsul de Dinamarca.
Esta actividad fue debidamente denunciada de forma inmediata en la Comisaría de policía por injurias, calumnias y acoso. Con motivo de esta denuncia y la contrastación de la pruebas que se aportaron ha dado lugar a que esta persona haya sido bloqueado en redes sociales y Google, que sus publicaciones insultantes hayas sido borradas como primer paso, que esté siendo investigado como un presunto autor de varios delitos por atentar falsamente contra mi honor.
Pero ¿Qué es el derecho al honor?
Se trata de un derecho que tiene toda persona a mantener su dignidad, buen nombre o prestigio propio o social. Así mismo, difamar sería: desacreditar a alguien, de palabra o por escrito, publicando algo contra su buena fama.
Para que se entienda vulnerado el derecho al honor de una persona, la difamación debe ser de una gravedad suficiente para que afecte a su tranquilidad y fuero interno. También se exige una difusión considerable.
Problemas comunes del derecho al honor y las nuevas tecnologías
La difamación del honor en internet puede producirse por comentarios en una web, en un directorio de empresas, en un blog personal… Aunque lo común, es que sea en redes sociales. Y en especial en Facebook como ocurrió en el caso que comentaba al principio.
Con o sin voluntad de ofender, es muy común que se difame a una persona vulnerando su derecho al honor en internet. Insultos, imputación de delitos falsos, acusaciones de infidelidad etc. No tienen porqué ser toleradas por la persona que las sufre ya que están amparados por la ley.
Libertad de expresión frente al derecho al honor
Se trata de dos derechos fundamentales, que están en constante contraposición y en principio ninguno debe prevalecer, así que nos veremos obligados a que sean los Juzgados quienes sean los que resulevan el asunto examinando cada caso.
En todo momento, la libertad de opinión tiene cómo límite las expresiones insultantes, injuriosas o vejatorias, y que, por tanto, lleguen a suponer una ofensa, más que una opinión.
Delitos: injurias y calumnias
Lo que opinamos y publicamos puede suponer la vulneración del derecho al honor de otra persona que conlleve la comisión de un delito. El delito de injuria se comete al difamar a una persona. Y el delito de calumnia es la imputación de un delito a alguien con conocimiento de su falsedad.
¿Qué hago para defender mi honor vulnerado en internet?
Podemos optar por requerir a la persona que está vulnerando tu honor, para que retire los comentarios ofensivos y que se retracte públicamente de sus palabras y puedes requerir a la red social o plataforma on-line para que retiren ese contenido.
Tambien puedes reclamar judicialmente, dependiendo de la gravedad, reiteración y la intención de hacer daño del que realiza esos comentarios malintencionados. La reclamación puede ser tanto por los daños y perjuicios, tanto económicos como morales. Tanto por la vía penal (injuria o calumnia y acoso) como por la vía civil, mediante demanda.
Baste decir que agradezco la multitud de muestras de apoyo y cariño que recibí a raíz de tales publicaciones (era el mismo texto copiado y pegado en todos los foros de Facebook que esta persona pudo); y por otro lado a aquellos que realizaron comentarios de apoyo a esta persona, sin conocernos a ninguna de las partes implicadas, ni obviamente los hechos del asunto, les deseo que nunca se tengan que verse en esa situación y necesiten un abogado que los defienda.
Marisa Moreno Castillo
Abogado Just Law Solicitors
Cónsul de Dinamarca en Andalucía y Extremadura